lunes, 12 de abril de 2010

Inconstitucionalidad de la Resolución 4259/09 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, esta estafando a 4500 jóvenes bonaerenses, a través de Plan Eva Perón y a otros tantos miles que estudian en institutos terciarios que no entran en ese Plan, generando un potencial problema de Salud Publica, haciéndolos estudiar la Tecnicatura Superior de Enfermería bajo la Resolución 4259/09.

Dicha Resolución viola el Decreto 2225/01 Reglamentario de la Ley 12245 de Ejercicio de la Enfermería en la Provincia de Buenos Aires.

El conflicto Normativo (generador de la inconstitucionalidad), surge en que la Resolución 4259/09 se establecen menores competencias que las requeridas por el Decreto 2225 para la figura del Nivel Profesional de la Enfermería (articulo 3º), otorgando entonces un Titulo de Enfermero que no ajusta sus competencias a lo determinado por la Reglamentación de la Ley de Ejercicio de la Enfermería en la Provincia de Buenos Aires.

Las menores competencias determinadas por el nuevo marco normativo, están en que los futuros técnicos no estarán habilitados por su titulo para atender pacientes que requieran Cuidados Críticos, de Terapia Intensiva (Neonatal, Pediátrica, de Adultos), Unidad Coronaria, Unidad de Recuperación Cardiovascular, de Trasplantes.

En este punto hay que hacer la salvedad de la especialidad. Mas allá de las especialidades en Enfermería en Cuidados Críticos (que no están reglamentadas en la Provincia), el titulo de Enfermero HABILITA para trabajar en esas áreas.

En este caso, la provincia al otorgar la Matricula habilitante lo realiza, pero se matriculará como enfermeros, a técnicos que no llegan a cubrir esas expectativas según su titulo y no han recibido contenidos curriculares a tal fin.

Las competencias que determina el Titulo de Enfermero que surgen de la Resolución 4259/09, solo permiten cuidados de enfermería a pacientes hasta la complejidad de cuidados intermedios. (Ver, áreas de competencia, Res. 4259/09).

Claramente, en la sub.- Áreas de Competencia, en el Área de Competencia 1, de la Resolución se establece:
Brindar cuidados de enfermería encaminados a satisfacer las necesidades de las personas en las distintas etapas del ciclo vital aplicando en proceso de atención de enfermería.

En el Decreto 2225/01, Art.3, inciso 18, (competencias del Enfermero), se establece:
Realizar todos los cuidados de enfermería encaminados a satisfacer las necesidades de las personas en las distintas etapas del ciclo vital. Entre otros:
j) Planificar, preparar, administrar y registrar la administración de medicamentos por la vía… respiratoria, natural y artificial…
m) Controlar a los pacientes con respiración y alimentación asistida, catéteres centrales y otros.
n) Participar en los tratamientos quimioterapicos, en diálisis peritoneal y hemodiálisis
o) Brindar cuidados de enfermería a pacientes en estado crítico con o sin aislamiento
r) Realizar el control de pacientes conectados a equipos mecánicos o electrónicos
Los egresados por la nueva resolución ministerial, no podrán cumplir con el Articulo 3º, inciso 18, puntos j, m, n, o y r del Decreto 2225/01 de la Provincia de Buenos Aires.
Es así, que la Resolución 4259/09 no establece como competencia del Técnico Superior de Enfermería el brindar TODOS LOS CUIDADOS de Enfermería, sino ALGUNOS.
Solo los que llegan hasta la complejidad de Cuidados Intermedios, como surge de la Resolución 07/07 del Consejo Federal de Educación.

En esta generación de parcialidad, se encuadra la truchada de la Formación de Enfermeros, agravado por la utilización de fondos públicos en el Plan Eva Perón.

Este hecho, se constituye en un problema de Salud Publica, ya que la atención de Enfermería a los pacientes críticos es fundamental en el Sistema de Salud.

Día a día vemos la complejizacion de los servicios y cuidados, la apertura de nuevas unidades de alta complejidad, la habilitación de nuevos servicios.

¡Se compran respiradores de última generación, aparatología del primer mundo, pero se devalúa la formación de quienes manejaran esos aparatos y cuidaran a los pacientes: los enfermeros!

Los Técnicos Superiores de Enfermería, son los auxiliares de enfermería del Siglo XXI.

Las autoridades correspondientes, deben subsanar este grave error político-institucional, derogando la Resolución 4259/09, estableciendo una normativa que permita un ejercicio de enfermería integral y libre de riesgos, (como lo era la Resolución 35/69 de los enfermeros profesionales).